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Mostrando entradas de abril, 2017

COMPARANDO LA EDUCACIÓN...

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CUADRO COMPARATIVO DE LA EDUCACIÓN Un estudio sobre la calidad de la educación en América ubica a Colombia como una de las mejores en el área.  Realizado por la Unesco, Colombia comparte posición con Chile, Costa Rica, Uruguay y México en el análisis de los resultados en el área de lenguaje de 6° grado, superando a Brasil en este ítem. En este proceso participaron 15 países de América :  Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Colombia, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay. En todas las categorías Colombia mejoró en esta evaluación internacional, siendo su fortaleza el área de lenguaje, donde comparte posición con Chile, Costa Rica, Uruguay y México en el análisis de los resultados de 6° grado y superando a Brasil en este ítem. El crecimiento de Colombia en el área de ciencias es significativo y se ubica en el grupo por encima del promedio .  En cuanto a matemáticas, perdió p...

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA 1991. Artículo 67

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA 1991 Artículo 67 Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos. Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad...

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

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S egún las Naciones Unidas  " (1) Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. (2) La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. (3) Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos". "Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su  Res...